Te difamaron en redes. Nosotros lo probamos.
Preservamos la publicación con validez forense, identificamos quién está detrás y entregamos el informe pericial que tu abogado presenta en la querella por calumnia o injuria.
Qué probamos en un caso de difamación digital
Que la publicación existió y qué decía
Captura forense del contenido, los comentarios, las reacciones y el alcance, con código hash y fecha verificable. No un pantallazo: una preservación que resiste objeciones.
Quién la publicó
Atribución de la cuenta a una persona por análisis técnico y de fuentes abiertas (OSINT): patrones de publicación, vínculos, metadatos y rastros públicos.
Cuándo y desde dónde
Cronología de las publicaciones, ediciones y borrados. Es lo que convierte un ataque aislado en una campaña demostrable.
El daño y el alcance
Cuántas personas lo vieron, lo compartieron o lo comentaron. Datos que sustentan la querella y la reclamación por daños.
Plataformas que atendemos
Facebook, Instagram, TikTok, X (Twitter), YouTube, WhatsApp (estados y grupos), Telegram, LinkedIn, portales de noticias y foros. También mensajes directos y audios.
Qué recibes
- Acta de preservación con fecha, hash y descripción del método, lista para presentar junto a la querella.
- Informe pericial con hallazgos, cadena de custodia y anexos técnicos, redactado para que el juez lo entienda.
- Ratificación en audiencia y respuesta al contrainterrogatorio de la contraparte.
- Coordinación con tu abogado desde el primer día, para que la prueba responda a lo que hay que demostrar.
Preguntas frecuentes
¿Qué diferencia hay entre calumnia e injuria?
La calumnia es atribuirle falsamente a alguien un delito. La injuria es ofender su dignidad, honra o decoro. Ambas están en el Código Penal panameño como delitos contra el honor y se persiguen por querella del ofendido. Tu abogado decide cuál aplica; nosotros probamos quién lo publicó, cuándo y qué decía.
¿Qué pasa si ya borraron la publicación?
A veces todavía se puede recuperar: cachés, copias en otros perfiles, notificaciones, capturas de terceros con metadatos o solicitudes a la plataforma. Cuanto antes nos escribas, más opciones hay.
¿Necesito abogado para contratar el peritaje?
No para la preservación urgente: esa se hace de inmediato para que la prueba no se pierda. Para el informe pericial sí conviene coordinar con un abogado, porque el informe se escribe en función de lo que la querella necesita probar.
¿El informe se acepta en los tribunales de Panamá?
El informe sigue las buenas prácticas internacionales de evidencia digital (ISO/IEC 27037) y describe el método paso a paso para que sea reproducible. Lo ratificamos en audiencia y respondemos a las objeciones de la contraparte.